Cuando estudié derecho en Estados Unidos me di cuenta que una gran parte de su sistema jurídico se basa en lo que se conoce como “Tort Law” (responsabilidad civil), el cual se evalúa con una serie de cuestionamientos sobre los casos analizados, por ejemplo, en un accidente automovilístico, se preguntan lo siguiente: ¿Iba ebrio el conductor?, ¿no había señalamiento adecuado?, ¿la direccional del auto no funcionó?, ¿los frenos tenían un problema?, ¿de quién fue la responsabilidad, del que hizo el auto, del que hizo los frenos, del municipio por no arreglar el semáforo
Así, éstas indagaciones se han analizado y resuelto durante siglos (¡siglos!) dejando un cuerpo enorme de jurisprudencia al respecto, que guía tanto al juez como al legislador para decidir dichos conceptos.
Pero en México, nuestro sistema jurídico no tenía el concepto de responsabilidad civil hasta ahora (siempre ha habido algunos artículos al respecto, pero nunca se invocaban) . Las tragedias en nuestro país sucedían no porque las puertas de emergencia estaban bloqueadas, o porque los techos se construían de materiales inadecuados, o porque los dueños se casaban con funcionarios de gobierno, las tragedias, sucedían porque Dios disponía y nunca habían indagatorias de la responsabilidad de las personas involucradas en éstas.
Gracias a que nuestra forma de entender el mundo ha cambiado, empezamos en nuestro país a buscar responsables. Queremos que los culpables paguen, queremos –ante la tragedia personal, compensaciones económicas (como en el caso de los mineros), a mí esto me parece muy bien, porque cuando se exige responsabilidad se reducen las tragedias.
Ya cambiamos nuestra forma de ver el mundo, ahora tenemos que cambiar nuestras leyes para exigir responsabilidad.

















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